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Poder Judicial – Agenda Web

Poder Judicial – Agenda Web

Se flexibiliza agenda de atención en sedes judiciales.

A partir del próximo 19 de abril los usuarios que necesitan concurrir a los juzgados y tribunales se beneficiarán con una mayor flexibilidad al momento de agendarse a través de la web oficial.

En lugar de agendar su comparecencia para una hora fija, como se hace hasta el momento, el interesado podrá seleccionar entre dos períodos o franjas en que estará dividida cada jornada laboral. La primera franja se extenderá entre las 13 y las 15:30 horas. La segunda franja entre las 15:30 y las 18:00 horas.

Una vez agendado, cada interesado podrá concurrir en cualquier momento que esté comprendido dentro de la franja horaria que haya seleccionado.

Además, no habrá tiempo límite para la atención personal, ni se topeará el número de trámites que pueda realizar en cada oportunidad.

En los edificios en los que se ha instalado una mesa centralizada de recepción de documentos que no requiere agendarse previamente, los interesados estarán obligados a hacer uso de dicho servicio para mantener descongestionadas las barandas de las oficinas.

Quienes ya se hayan agendado en horas fijas para el próximo mes de abril, podrán comparecer el mismo día que se les asignó, eligiendo libremente el horario dentro de la primera o segunda franja, según se corresponda con la asignación fija originaria. A modo de ejemplo, el usuario que ya tiene asignado el martes 26 de abril a la hora16, tendrá la posibilidad de comparecer en cualquier momento dentro de la franja comprendida entre las 15:30 y las 18 horas del mismo día.

La iniciativa responde a los resultados de la evaluación realizada sobre la actividad de las oficinas judiciales, así como a la vigencia de las medidas preventivas dispuestas por la autoridad sanitaria para hacer frente a la pandemia por Covid-19.

El nuevo modelo de atención no tendrá vigencia para usuarios que deban concurrir a la Oficina de Gestión Centralizada (OFGECEN), que funciona en la nueva sede de los juzgados de paz y conciliación (ex edificio La Caja Obrera).
Para casos especiales o de urgencia se mantienen los criterios ya vigentes, debiendo el interesado comunicarse telefónicamente o vía e-mail con la oficina que corresponda para exponer su situación concreta.

Posibilidad de acceso al texto de la Circular Nº 28 / 2022: AQUÍ.

Fuente: https://www.poderjudicial.gub.uy

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