
Decreto Nº 101 / 2022
Se autoriza la importación definitiva de vehículos clásicos con antigüedad igual o mayor a cincuenta años, exonerados de todos los gravámenes aduaneros o no, incluso el recargo mínimo, que se abonan en ocasión de la importación definitiva a dicho territorio.
Acceso al texto de la norma: AQUÍ.
Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/