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Decreto Nº 337 / 2021

Decreto Nº 337 / 2021

Suspéndese la retención dispuesta por los literales c) y d) del artículo 36 del Decreto 148 / 007, de 26 de abril de 2007, y los literales b) y d) del artículo 32 del Decreto Nº 149 / 007, de 26 de abril de 2007, para aquellos contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo no supere los treinta y un días.

Acceso al texto de la norma: AQUÍ.

Fuente: https://www.impo.com.uy/diariooficial/2021/10/06

Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/

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