
Decreto Nº 162 / 2021
Se prorroga hasta el 30 / VI de 2021 el plazo establecido en el artículo 1 del Decreto Nº 12 / 2021, período durante el cual podrán permanecer en aislamiento las personas comprendidas en el mismo.
Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ.
Fuente: https://www.presidencia.gub.uy
Fuente: https://www.impo.com.uy