
Decreto N° 271 / 2021
Reglaméntase el art. 103º de la Ley 19.889, de 9 de julio de 2020,
mediante el cual se impone la adopción de sanciones por parte de
la URSEC, a quienes realicen llamadas maliciosas, falsas, jocosas o
irregulares al Servicio de Emergencia 911 del Ministerio del Interior.
Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ.
Fuente: https://www.impo.com.uy/diariooficial/2021/08/30
Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/