
Decreto Nº 204 / 2021
Autorízase al Banco de Previsión Social a otorgar, en el mes de julio de 2021, un beneficio excepcional consistente en una partida en dinero, cuyo valor se determina, a los jubilados y pensionistas con un mínimo de 65 años de edad, cumplidos al 31 de marzo de 2021 y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez que cumplan con las condiciones de derecho que se establecen.
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Fuente: https://www.impo.com.uy/diariooficial
Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/#