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Ley Nº 19.926.

Ley Nº 19.926.

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a establecer por razones de interés general, el uso del subsidio por desempleo una vez vencido el plazo de un año previsto por el art. 10 del Decreto-Ley 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley 18.399, de 24 de octubre de 2008.

Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ.

Fuente: https://www.impo.com.uy

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