Decreto Nº 253 / 2021
Se prorrogan hasta el 31 de agosto de 2021 las medidas dispuestas en el artículo 1° del Decreto N° 200/021, del 25 de junio de 2021. Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ. Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/
Se prorrogan hasta el 31 de agosto de 2021 las medidas dispuestas en el artículo 1° del Decreto N° 200/021, del 25 de junio de 2021. Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ. Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/
Se establece que las mercaderías introducidas en admisión temporaria podrán ser importadas en forma definitiva dentro de su plazo de vigencia original o de la prórroga otorgada. Acceso al texto completo de la norma: AQUÍ. Fuente: https://www.gub.uy/presidencia/